COMUNICADO Nº268-2016
La Unidad de Gestión Educativa Local de Nasca a traves de la Oficina dePersonal, hace de conocimiento a los directores de las Instituciones Educativas de los niveles de Inicial, Primaria, Secundaria, CETPRO, CEBA Y CEBE; que vienen informando a destiempo los Certificados por Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT), del personal a su cargo; lo que genera que sean negadas mediante las Resoluciones de ESSALUD; razón por la cual precisamos que todos los mencionados descansos médicos sean reportados a la UGEL Nasca inmediatamente, antes de la fecha de la ejecución de pago.
En caso que el descanso médico sea emitido después de la fecha de pago, se deberá reportar hasta el último dÃa hábil del mes, a fin de que el trabajador no sea declarado en el Programa de Declaración Telemática (P.D.T), como si haya realizado labor efectiva, lo que genera el pierde del derecho al subsidio, lo cual será responsabilidad de su representada.
Asimismo le recordamos que cualquier información oficial referente a las actividades que organice la UGEL Nasca la puede encontrar en nuestra página web: www.ugelnasca.gob.pe; y para su mayor difusión en nuestro Fans Page: Organización Gubernamental en Facebook: UGEL NASCA.
Oficina de Personal
Nasca, 25 de Octubre 2016